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¿Cuáles son los cambios que plantea la reforma laboral?

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La reforma laboral que presentó el Gobierno colombiano ante el Congreso de la República, plantea cambios al Código Sustantivo del Trabajo en tres aspectos: la igualdad de oportunidades, la protección de los derechos individuales y la garantía de los derechos colectivos al trabajo.

Este proyecto tiene como base el mejoramiento de las condiciones laborales para los ciudadanos que tengan actualmente un trabajo, ya que establece la contratación a término indefinido y reúne otra serie de modificaciones que se contraponen a la visión de la última reforma laboral hecha en Colombia durante el 2002.

Conoce algunos de estos puntos claves:
  • Se privilegian los contratos por términos indefinido, los contratos a término fijo serán avalados por dos años y los contratos por prestación de servicios seguirán vigentes hasta su terminación, ya que serán prohibidos.
  • Se mantendrán las 8 horas legales de trabajo, durante la semana se conoció que el Ministerio de Trabajo reduciría gradualmente la jornada laboral hasta las 42 horas.
  • Las empresas estarán en la obligación de pagar el 100% de la jornada dominical y festivos, dejando de lado el 75% que está vigente. Así mismo, se estaría analizando incluir los sábados dentro del recargo, por ser considerados como días de descanso.
  • Se protegerá y formalizará a los trabajadores de mensajería en plataformas, por medio de un contrato laboral, que en el caso del sector privado, deberá ser suscrito ante el Ministerio del Trabajo
  • Se extienden los horarios de jornada nocturna, que hasta el momento, comienza desde las 9 p.m., y con la reforma, estas iniciarían desde las 6 p.m.
  • Busca eliminar la violencia y acoso en el mundo laboral
  • Vuelve el preaviso para las y los trabajadores
  • Fortalecimiento para proteger y promocionar el derecho a la asociación sindical
  • Se crea la modalidad de jornal agropecuario

Aún está en espera la presentación del documento oficial, sin embargo los anteriores son los puntos conocidos gracias las declaraciones de la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, otros funcionarios del Ejecutivo y por la publicación de los 10 puntos claves de la reforma en la página de la Presidencia de la República. Durante el transcurso del día, el presidente Gustavo Petro organizó un encuentro en la Plaza de Bolívar para exponer la reforma laboral, como lo hizo durante febrero con la reforma a la salud.

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Colombianos toman menos leche y el sector se resiente

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Al aumento del precio de la leche, que fue del 37% el año pasado, se sumó ahora el anuncio del Gobierno de incrementar un 26% el precio pagado al productor. Procesadoras de la leche se muestran preocupadas.

Aunque el acopio formal de leche en Colombia se empezó a recuperar y el invierno ha dado tregua, permitiéndole a los ganaderos sobreponer márgenes y afrontar el fuerte aumento de costos en los insumos, pareciera que esto no ha sido suficiente para que el sector vuelva a brillar.

Y es que ante el acelerado ritmo del consumo provocado por la pandemia, la industria tuvo que recurrir a mayores importaciones y un mayor uso de inventarios; una situación que fue contraproducente dada el alza que comenzó a experimentar el costo de vida, provocando que la demanda se contrajera.

Altos precios, menos consumo

Los precios de la leche comenzaron a aumentar abruptamente desde mediados de 2021, cerrando el año pasado con un alza del 37%.

De hecho, según un informe de Bancolombia, el mayor aumento en precios en tiendas de barrio se dio en Medellín (31%), mientras que en los derivados lácteos (quesos, mantequilla y crema de leche) el mayor incremento se registró en Barranquilla (34%)”, apuntaron.

Esto, para los analistas, hizo que esa “fiesta del consumo” llegara a su fin. “Una mayor demanda de leche tras la pandemia generó que la industria incrementara sus compras de leche en 2022, tanto importada como nacional, y esto llevó a una mejora en las bonificaciones voluntarias y un aumento del acopio de leche del 9%”, indicó Juan Pablo Espinosa, director de investigaciones económicas.

Sin embargo, agregó que este escenario cambió, ya que, por ejemplo, para este año las cifras de consumo de los tarjetahabientes (usuarios con tarjeta crédito o débito) de Bancolombia empezaron a mostrar una fuerte desaceleración.

Y en efecto, el mayor precio de la leche al consumidor comenzó a pasar factura a las ventas de la industria, las cuales registraron caídas anuales en octubre (2,8%), noviembre (9,4%) y diciembre (8,3%) de 2022, según el Dane.

Acopio, ¿se mantendrá?

La Asociación Colombiana de Procesadores de Leche (Asoleche) reportó que el acopio de leche formal presentó una recuperación del 8,3% a noviembre de 2022; sin embargo, en el segundo semestre de ese año también se observó una desaceleración importante debido a la ola invernal.

Esto se evidenció, por ejemplo, en la caída de la producción de leche en Tolima y Costa Atlántica (30%), Valle de Ubaté y Chiquinquirá (15%), Nariño (15%), Antioquia, Eje Cafetero y Valle del Cauca (10%), afectando los precios y, por tanto, el consumo de los hogares colombianos.

En este sentido, para los analistas, dicho incremento del acopio, por sí solo, no dice nada. “Lo primero que se resalta es que Antioquia, principal productor nacional, apenas crece 1%, posiblemente por las dificultades financieras de los ganaderos en 2021 y el exceso de lluvias por La Niña. En contraste, Boyacá creció 17%, Nariño 9% y el agregado del resto de regiones 20%. Adicionalmente, el comportamiento mes a mes ha empezado a cambiar: mientras que de junio a octubre el acopio crecía entre 10% y 13% (variación anual), para noviembre el aumento fue de tan solo 2,7%, lo que podría estar reflejando el menor apetito por compras por parte de la industria procesadora”, explicaron.

Esta situación también la han reportado lecheros en Antioquia, pues desde días atrás han alertado sobre la caída, hasta de un 50%, de la producción. Esto, debido al invierno y a su afectación en la calidad de los pastos, a los altos precios de insumos y al alza en el precio de la tierra.

¿Más presión para el precio?

En el marco del pasado Consejo Nacional Lácteo, el Gobierno Nacional anunció el aumento de 26% sobre la base de liquidación del precio de leche cruda pagado al productor.

Ante esto, Asoleche manifestó su desconcierto, ya que considera que esta decisión no atendería la situación actual del menor consumo de leche en el país, y por ende podría afectar la nutrición y seguridad alimentaria, impactando la productividad.

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¿Cómo se podría heredar la pensión en Colombia?

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La reforma pensional en Colombia, que se espera sea radicada desde el próximo 22 de marzo, tiene disposiciones sobre qué podría llegar a pasar con la pensión de un contribuyente en caso de que fallezca, con la posibilidad de surtir una suerte de “herencia” de esa mesada.

Lo primero que habría que entrar a entender es que, efectivamente, la reforma pensional en Colombia buscaría que, de forma vitalicia, el cónyuge o compañero permanente pueda acceder a recibir esa pensión, algo que ya ocurre en el país.

En marco de la reforma pensional, Colpensiones ya cuenta con disposiciones para la pensión de sobrevivencia.

Se lee en el borrador que este proceso podrá darse siempre y cuando el beneficiario de la mesada, a la fecha del fallecimiento del titular del ahorro, tenga 30 o más años.

También se propone que esa pensión se herede de manera temporal cuando el beneficiario tenga menos de 30 años y no tenga hijos con el fallecido.

Con esto de base, dice la reforma pensional que la mesada temporal se pagará por una duración máxima de 20 años, entendiendo además que quien “herede” esa pensión cotice al sistema para obtener su propia pensión de vejez.

¿Quiénes podrían “heredar” la pensión en la reforma pensional de Colombia?

  1. Aquellos hijos menores de 18 años
  2. Hijos mayores de 18 años y hasta los 25 años, incapacitadas para trabajar por razón de sus estudios y también con dependencia económica
  3. Aquellos hijos que también dependan del fallecido y acrediten debidamente su condición de estudiantes
  4. Hijos mientras subsistan las condiciones de invalidez.

Heredar la pensión a familiares, una posibilidad

El proyecto de reforma pensional también estipula que, en caso de fallecimiento del titular del ahorro, el dinero se pague a familiares cercanos. Estos son:

  1. Hermanos inválidos si dependían económicamente del titular del ahorro
  2. Hermanos menores de edad que dependían económicamente
  3. Padres o madres en esa misma situación

Se lee en el proyecto de reforma pensional que “la determinación y reconocimiento de los beneficiarios de la pensión de sobrevivientes se realizará en el Componente de Prima Media administrado por Colpensiones”.

Los beneficiarios que puedan acceder a este tipo pensión recibirán una mesada que será igual al 100 % de la pensión que el fallecido recibía cada mes, cuando se trate del monto de la sustitución pensional.

De otro lado, el monto mensual de la pensión total de sobrevivientes, será igual al 45 % del ingreso base de liquidación, además del 2 % de dicho ingreso por cada 50 semanas adicionales de cotización a las primeras quinientas 500 semanas de cotización, lo anterior sin que exceda el 75% del ingreso base de liquidación.

Otras disposiciones sobre los beneficiarios en la reforma pensional

“En ningún caso el monto de la pensión podrá ser inferior al salario mínimo. La pensión contributiva de sobrevivientes se reconocerá y pagará en el Componente de Prima Media o por el mecanismo que se adopte por parte del Gobierno”, se lee en el borrador de la reforma pensional.

Aclara el documento que, en todo caso, los beneficiaros que no cumplieran con los requisitos para “heredar” esta pensión tendrán derecho a recibir una indemnización equivalente a un salario base de liquidación promedio semanal.

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Reforma laboral: ¿cómo quedan los contratos por prestación de servicios?

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Como se esperaba, la reforma laboral que el Gobierno de Gustavo Petro radicó este jueves ante el Congreso puso un límite tajante a la prestación de servicios, con la idea de mejorar las condiciones laborales de miles de trabajadores en el país.

La estrategia de disminuir a este tipo de contratación empezó a principios de este año con el plan de formalización del empleo público, en el que Función Pública se propuso eliminar los contratos por prestación de servicios innecesarios en las entidades estatales. Si la reforma laboral pasa los debates correspondientes en el Congreso de la República, ese plan del Gobierno podría extenderse de una manera similar a empresas de todo tipo en Colombia.

Según el articulado, no podrán celebrarse esta modalidad de contratos para “actividades permanentes y subordinadas en empresas privadas”. Es decir, la prestación de servicios queda limitada a proyectos temporales y que tengan fecha de inicio y entrega final. Si son labores que se extienden indeterminadamente en el tiempo, la empresa deberá vincular laboralmente al trabajador y pagar las prestaciones sociales que correspondan.

Por ejemplo:

  • Sí puede ser prestación de servicios: contratar un diseñador para la creación de una página web.
  • No puede ser por prestación de servicios: contratar un recepcionista para atención y servicio al cliente (son labores permanentes y repetitivas).

El Gobierno sostiene que estos cambios son necesarios porque la prestación de servicios se ha sobreutilizado en los últimos años y ha desmejorado la estabilidad laboral de los trabajadores.

¿Qué dice la reforma laboral sobre los otros tipos de contratos?

La reforma laboral estipula que el trabajador contratado bajo la modalidad de término indefinido deberá avisar con 30 días de anticipación que desea dar por terminado el contrato para que su empleador tenga tiempo de hacer el respectivo reemplazo.

Sobre los contratos a término fijo (en el que las partes establecen una duración máxima de la vinculación laboral), el proyecto de ley dice que podrán extenderse hasta por dos años para atender necesidades temporales y que los que sean inferiores a un año se podrán renovar las veces que se considere, con un máximo de dos años. Si la relación laboral sobrepasa ese límite o tiene que ver con funciones permanentes en la empresa, el contrato pasaría a ser a término indefinido.

Para los trabajadores con contratos a término fijo y de obra o labor, el proyecto establece que las empresas están en obligación de garantizarles el derecho a vacaciones y todas las prestaciones sociales.

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